Ley [LAero]
Artículo 24 de Ley De Aeropuertos
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 24. El cambio de la persona titular de la dirección general, de cualquier miembro del consejo de administración de la concesionaria o permisionaria o del administrador aeroportuario, debe ser notificado a la Agencia Federal de Aviación Civil.
Artículo reformado DOF