Ley [LAero]

Artículo 24 de Ley De Aeropuertos

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 24. El cambio de la persona titular de la dirección general, de cualquier miembro del consejo de administración de la concesionaria o permisionaria o del administrador aeroportuario, debe ser notificado a la Agencia Federal de Aviación Civil.

Artículo reformado DOF

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