Ley [LCNBV]

Artículo 1 de Ley De La Comisión Nacional Bancaria Y De Valores

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Ley De La Comisión Nacional Bancaria Y De Valores (LCNBV)

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Artículo 1.- Se crea la Comisión Nacional Bancaria y de Valores como órgano desconcentrado de la , con autonomía técnica y facultades ejecutivas en los términos de esta Ley.

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