séptimo..- El porcentaje a que hace referencia el artículo 12 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, relativo a los adeudos del ejercicio fiscal anterior de las Entidades Federativas, será del 5 por ciento para el ejercicio 2017, 4 por ciento para el 2018, 3 por ciento para el 2019 y, a partir del 2020 se observará el porcentaje establecido en el artículo citado.
Ley [LDFEFM]
Artículo séptimo de Ley De Disciplina Financiera De Las Entidades Federativas Y Los Municipios
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Artículo citado
Artículo 12 de LDFEFM
[LDFEFM]
Vínculo entre normas
Ley De Asociaciones Público Privadas
[LAPP]
Artículo citado
Artículo 5 de LDFEFM
[LDFEFM]
Vínculo entre normas
Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas De La Federación
[LFRCF]
Vínculo entre normas
Ley De Ingresos De La Federación Para El Ejercicio Fiscal De 2026
[LIF_2026]
Vínculo entre normas
Ley De Instituciones De Seguros Y De Fianzas
[LISF]
Artículos cercanos
Buscar en esta ley Por artículo o término
Buscar artículo o término en esta ley
Ley De Disciplina Financiera De Las Entidades Federativas Y Los Municipios (LDFEFM)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.