Ley [LDRS]
Artículo 20 de Ley De Desarrollo Rural Sustentable
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 20.- La Comisión Intersecretarial será responsable de atender, difundir, coordinar y dar el seguimiento correspondiente a los programas sectoriales y especiales que tengan como propósito impulsar el desarrollo rural sustentable. Asimismo, será la responsable de promover y coordinar las acciones y la concertación de la asignación de responsabilidades a las dependencias y entidades federales competentes en las materias de la .
Artículo reformado DOF