Artículo 77. En los programas de fomento de la Secretaría de Economía, que involucren la importación de cualquier tipo de café bajo cualquier forma, deberán cumplirse los requisitos y normatividades aplicables.
Artículo 77. En los programas de fomento de la Secretaría de Economía, que involucren la importación de cualquier tipo de café bajo cualquier forma, deberán cumplirse los requisitos y normatividades aplicables.