Ley [LDSCA]

Artículo 98 de Ley De Desarrollo Sustentable De La Caña De Azúcar

Ver ley completa

Artículo 98.- Para darle viabilidad al CICTCAÑA se creará un fondo con aportaciones tripartitas, del Gobierno Federal, de los Industriales y de las Organizaciones en los términos, lineamientos y reglamentación que acuerde el Comité Nacional.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Buscar en esta ley Por artículo o término

Buscar artículo o término en esta ley

Ley De Desarrollo Sustentable De La Caña De Azúcar (LDSCA)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Formatos y archivos Markdown
Publicidad