Lectura de artículo · LDVUMA_301216

Artículo segundo

Ley Para Determinar El Valor De La Unidad De Medida Y Actualización

TRANSITORIOS

Segundo. El valor de la Unidad de Medida y Actualización a la fecha de entrada en vigor de esta Ley, será el publicado por el el 28 de enero de 2016, en el , mismo que permanecerá vigente hasta en tanto se emita otra publicación en términos del artículo 5 de la presente Ley.

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