Ley [LEMEFAGN]
Artículo 20 de Ley De Educación Militar Del Ejército, Fuerza Aérea Y Guardia Nacional
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 20.- La Planeación Institucional será realizada por las Autoridades Educativas Militares de conformidad con los procedimientos que especifique el reglamento respectivo de .