sexto..- Dentro de treinta días naturales a partir de la instalación del Consejo de Administración, la persona titular de la Dirección General debe presentar al Consejo de Administración, para su aprobación, el programa y esquema de reestructura, así como el Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Electricidad y los nombramientos necesarios. El Estatuto Orgánico que apruebe el Consejo de Administración debe publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
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Artículo sexto de Ley De La Empresa Pública Del Estado, Comisión Federal De Electricidad
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Reglamento vinculado
REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
[Reg_LEPECFE]
Vínculo entre normas
Ley Federal De Deuda Pública
[136_300118]
Vínculo entre normas
Ley General De Bienes Nacionales
[LGBN]
Vínculo entre normas
Ley Del Mercado De Valores
[LMV]
Vínculo entre normas
Ley Federal De Presupuesto Y Responsabilidad Hacendaria
[LFPRH]
Vínculo entre normas
Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
[CPEUM]
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