Buscar artículo o término en esta ley
Ley Federal De Deuda Pública (136_300118)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.
Ley Federal De Deuda Pública
Resumen de la ley
La Ley Federal De Deuda Pública regula las obligaciones de pasivo, directas o contingentes, derivadas de financiamientos a cargo del Ejecutivo Federal, sus dependencias y entidades del sector público federal. Establece las facultades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para contratar, autorizar, manejar, registrar, vigilar y publicar información sobre deuda pública. También regula la intervención del Congreso de la Unión en la autorización de montos de endeudamiento, la relación con la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos, y los requisitos para que las entidades contraten financiamientos. Es una ley clave para entender cómo se controla el endeudamiento público federal y cómo debe justificarse su contratación.
Lo esencial
Qué regula
- Qué obligaciones integran la deuda pública federal.
- La contratación de créditos, empréstitos, préstamos, bonos y financiamientos.
- Las facultades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en materia de deuda.
- La autorización legislativa de montos de endeudamiento neto.
- La programación financiera y presupuestaria vinculada a deuda pública.
- La autorización previa para financiamientos externos de entidades públicas.
- La capacidad de pago, destino de recursos y condiciones de créditos.
- Los registros, informes, vigilancia y publicación de datos de deuda.
- Responsabilidades por incumplir la ley y sus directrices.
A quién aplica
- Ejecutivo Federal y sus dependencias.
- Gobierno Federal como contratante de financiamientos.
- Organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos públicos.
- Instituciones que presten servicios públicos o produzcan bienes y servicios de interés público.
- Entidades del sector público federal que promuevan financiamientos.
- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
- Congreso de la Unión, en la autorización de endeudamiento.
- Secretarías de Estado coordinadoras de sector.
- Titulares y directores generales de entidades públicas.
Materias principales
- Deuda pública federal.
- Financiamientos internos y externos.
- Créditos, empréstitos, préstamos y emisión de valores.
- Bonos del Gobierno Federal.
- Programación financiera y presupuestaria.
- Autorización de endeudamiento por el Congreso.
- Capacidad de pago de entidades públicas.
- Registro, vigilancia y publicación de deuda.
- Responsabilidad de servidores públicos.
Derechos principales
- Derecho de control legislativo sobre montos de endeudamiento directo neto.
- Derecho de información del Congreso mediante cuenta pública, proyecto de ingresos e informes trimestrales.
- Derecho de la sociedad a que la Secretaría publique datos relevantes de deuda pública.
- Derecho de las entidades solicitantes a recibir resolución escrita sobre características y condiciones de créditos autorizados.
- Derecho a que las operaciones de crédito se sujeten a reglas de autorización, registro y modificación.
Aplicación práctica
Obligaciones principales
- La Secretaría de Hacienda debe contratar, manejar, autorizar y vigilar deuda pública conforme a la ley.
- Las entidades deben obtener autorización previa cuando pretendan contratar financiamientos externos.
- Las entidades deben informar datos financieros, pasivos, uso de créditos, amortizaciones y demás información requerida.
- Los financiamientos deben corresponder con programas financieros, presupuestos y capacidad de pago.
- Los titulares de entidades públicas deben cumplir estrictamente la ley, reglamento y directrices de contratación.
- El Ejecutivo debe informar al Congreso sobre el estado y movimientos de la deuda.
- Las entidades deben registrar y proporcionar información sobre financiamientos autorizados.
Trámites, procedimientos o acciones relacionadas
- Autorización de montos de endeudamiento en Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos.
- Propuesta del Ejecutivo sobre endeudamiento neto necesario.
- Autorización de financiamientos por la Secretaría de Hacienda.
- Solicitud de autorización para créditos externos.
- Presentación de información financiera y capacidad de pago.
- Contratación de bonos del Gobierno Federal.
- Registro de obligaciones financieras constitutivas de deuda pública.
- Modificación de operaciones de crédito con los mismos requisitos de autorización.
- Vigilancia de aplicación de recursos provenientes de financiamientos.
Sanciones o consecuencias
- Las infracciones se sancionan conforme al régimen legal de responsabilidades de servidores públicos federales.
- Hacienda debe abstenerse de autorizar financiamientos cuando los programas no estén comprendidos en planes y presupuestos aprobados.
- No deben autorizarse financiamientos que excedan la capacidad de pago de las entidades.
- Los documentos de crédito no tienen validez si omiten datos fundamentales de autorización de Hacienda.
- Las operaciones de crédito autorizadas y registradas sólo pueden modificarse cumpliendo los mismos requisitos y formalidades.
- La falta de registro o información puede afectar la vigilancia y legalidad de la operación de deuda.
Definiciones importantes
| Concepto | Significado en la ley |
|---|---|
| Deuda pública | Obligaciones de pasivo directas o contingentes derivadas de financiamientos a cargo de las entidades señaladas por la ley. |
| Financiamiento | Contratación de créditos, empréstitos o préstamos dentro o fuera del país, incluyendo emisión de valores y operaciones que originen pasivos. |
| Secretaría | Secretaría de Hacienda y Crédito Público. |
| Endeudamiento neto | Monto de deuda autorizado para financiar al Gobierno Federal y entidades incluidas en presupuestos. |
| Programa financiero | Instrumento usado para ordenar financiamientos y necesidades de crédito. |
| Programa general de deuda | Marco programático al que deben sujetarse financiamientos contratados o autorizados. |
| Financiamiento externo | Crédito o financiamiento contratado fuera del país o en mercados externos. |
| Pasivo contingente | Obligación eventual o condicionada derivada de financiamientos. |
| Entidades del sector público | Sujetos públicos federales incluidos en el artículo 1o. |
| Registro de deuda | Registro que mantiene Hacienda sobre obligaciones financieras constitutivas de deuda pública. |
Explora a detalle
Artículos clave
| Artículo | Por qué importa |
|---|---|
| 1o | Define qué entidades y obligaciones integran la deuda pública. |
| 2o | Define financiamiento para efectos de la ley. |
| 3o | Asigna aplicación e interpretación administrativa a Hacienda. |
| 4o | Enumera facultades del Ejecutivo por conducto de Hacienda. |
| 5o | Regula atribuciones adicionales de Hacienda, incluyendo bonos del Gobierno Federal. |
| 6o | Exige autorización previa para gestiones de financiamiento externo. |
| 9o | Regula autorización legislativa e informes trimestrales al Congreso. |
| 10 | Vincula endeudamiento con Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos. |
| 15 | Prohíbe autorizar financiamientos que excedan la capacidad de pago. |
| 17 | Establece que dependencias sólo contratan financiamiento a través de Hacienda. |
| 19 | Exige autorización previa para financiamientos externos de entidades. |
| 27 | Regula el registro y publicación de datos de deuda pública. |
Mapa de temas
| Tema | Artículos relacionados | Para qué sirve |
|---|---|---|
| Sujetos y conceptos básicos | 1o a 3o | Determinar qué entidades y financiamientos integran deuda pública. |
| Facultades de Hacienda | 4o a 8o | Ubicar atribuciones para contratar, autorizar, manejar y coordinar deuda. |
| Programación y autorización legislativa | 9o a 16 | Entender relación con Ley de Ingresos, Presupuesto de Egresos y capacidad de pago. |
| Contratación por Gobierno Federal | 17 y 18 | Revisar reglas para financiamientos de dependencias y proyectos federales. |
| Financiamientos externos de entidades | 19 a 22 | Conocer requisitos de autorización previa y documentación. |
| Vigilancia y control | 23 a 26 | Identificar información, registros y comprobación de aplicación de recursos. |
| Registro y publicación | 27 a 29 | Ver cómo se registran, publican y modifican operaciones de crédito. |
| Derogaciones | 30 a 32 | Ubicar disposiciones actualmente derogadas. |
Plazos importantes
- El Ejecutivo informa trimestralmente al Congreso de la Unión sobre movimientos de deuda dentro de los cuarenta y cinco días siguientes al vencimiento del trimestre.
- El Ejecutivo presenta montos de endeudamiento al someter iniciativas de Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos.
- Las entidades deben presentar mensualmente, cuando corresponda, estados financieros, datos sobre pasivos e información adicional solicitada por la Secretaría.
- La ley original entró en vigor el primero de enero de 1977, conforme al transitorio.
- La Secretaría publica periódicamente datos de la deuda pública con información significativa para su comprensión.
Preguntas frecuentes
¿De qué trata la Ley Federal De Deuda Pública?
Regula cómo se contrata, autoriza, registra y vigila la deuda pública federal. También define qué obligaciones cuentan como deuda pública y qué entidades están sujetas a sus reglas.
¿En qué casos puedo usar esta ley?
Puedes usarla para revisar autorizaciones de endeudamiento, financiamientos de entidades públicas, informes de deuda, registros y facultades de Hacienda. También sirve para entender el papel del Congreso en los montos de endeudamiento.
¿Quién controla la deuda pública federal?
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público tiene la función central de aplicar, interpretar, contratar, autorizar, manejar, registrar y vigilar la deuda pública conforme a la ley.
¿Qué papel tiene el Congreso de la Unión?
El Congreso autoriza montos de endeudamiento directo neto mediante Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos. Además recibe informes anuales y trimestrales sobre la deuda.
¿Puede una entidad pública contratar deuda libremente?
No. Las entidades deben sujetarse a autorizaciones, programas, presupuestos, capacidad de pago y reglas de información. Para financiamientos externos requieren autorización previa y expresa de Hacienda.
Índice de artículos
Ley Federal De Deuda Pública
34 artículos disponibles en 136_300118.
- Artículo 1o
- Artículo 2o
- Artículo 3o
- Artículo 4o
- Artículo 5o
- Artículo 6o
- Artículo 7o
- Artículo 8o
- Artículo 9o
- Artículo 10
- Artículo 11
- Artículo 12
- Artículo 13
- Artículo 14
- Artículo 15
- Artículo 16
- Artículo 17
- Artículo 18
- Artículo 19
- Artículo 20
- Artículo 21
- Artículo 22
- Artículo 23
- Artículo 24
- Artículo 25
- Artículo 26
- Artículo 27
- Artículo 28
- Artículo 29
- Artículo 30
- Artículo 31
- Artículo 32
- Artículo primero
- Artículo segundo
LEY FEDERAL DE DEUDA PÚBLICA
(Antes “Ley General de Deuda Pública”)
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1976
TEXTO VIGENTE
Última reforma publicada DOF 30-01-2018