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Artículo 38 bis

Ley Federal Para La Administración Y Enajenación De Bienes Del Sector Público

Artículo 38 bis.- Tratándose de la enajenación a través del procedimiento de licitación pública, los participantes deberán entregar al Instituto su postura en sobre cerrado y la postura más alta determinará el ganador y el precio de la transacción.

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