Ley Federal Para La Administración Y Enajenación De Bienes Del Sector Público
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Ley Federal Para La Administración Y Enajenación De Bienes Del Sector Público
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Resumen de la ley
Ley Federal Para La Administración Y Enajenación De Bienes Del Sector Público regula una materia federal identificada en su texto oficial. Su primer artículo señala: La presente Ley es de orden e interés público y social, de observancia general en toda la República y tiene por objeto regular la administración y destino, por parte del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, de los Bienes, activos y empresas siguientes: El análisis local detectó 100 artículos ordinarios y materias como derechos humanos y garantías, educación, salud, vivienda y bienestar, organización del estado, federalismo y municipios.
Lo esencial
Qué regula
- Derechos humanos y garantías
- Educación
- Salud, vivienda y bienestar
- Organización del Estado
- Federalismo y municipios
- Justicia constitucional
- Trabajo y seguridad social
- Propiedad, recursos y economía
A quién aplica
- Personas en los Estados Unidos Mexicanos.
- Autoridades de todos los órdenes de gobierno.
- Federación, entidades federativas, municipios y Ciudad de México.
Materias principales
- Derechos humanos y garantías
- Educación
- Salud, vivienda y bienestar
- Organización del Estado
- Federalismo y municipios
- Justicia constitucional
- Trabajo y seguridad social
- Propiedad, recursos y economía
Derechos principales
- Acceso a la información
Aplicación práctica
Obligaciones principales
- Las autoridades deben actuar dentro de sus competencias y conforme a las obligaciones previstas en el texto.
Trámites, procedimientos o acciones relacionadas
- Juicio de amparo y mecanismos de control constitucional.
- Consulta y participación de pueblos indígenas.
Sanciones o consecuencias
- Sanciones previstas para infracciones constitucionales y leyes secundarias.
- Consecuencias penales o administrativas cuando el texto las remite a la ley.
Definiciones importantes
| Concepto | Explicación sencilla |
|---|---|
| - Autoridades Aduaneras | Las que de acuerdo con el Reglamento Interior de la Secretaría, el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria y demás disposiciones aplicables tienen competencia para ejercer las facultades que la Ley Aduanera establece |
| - Bienes | Todas las cosas materiales que no estén excluidas del comercio, ya sean muebles o inmuebles y todo aquel derecho real o personal, sus objetos, productos, rendimientos y frutos, susceptibles de apropiación; de manera enunciativa a los señalados en el artículo 1 |
| - Bienes incosteables | Aquellos cuyo valor sea menor al equivalente a seis meses de Unidades de Medida y Actualización, así como aquellos que, de conformidad con lo que al respecto disponga el Reglamento, tengan un valor comercial inferior a sus costos de administración; Fracción re |
| - Empresa | A las entidades paraestatales, las sociedades mercantiles, sociedades o asociaciones civiles, fideicomisos públicos y aquellos fideicomisos públicos que sean análogos a entidad paraestatal, fideicomisos privados que cuenten con estructura propia en proceso de |
| - Entidades Transferentes | Las Autoridades Aduaneras; la Tesorería de la Federación; la Fiscalía General de la República, o bien las fiscalías generales de las entidades federativas; las dependencias y entidades de las administraciones públicas Federal, del Gobierno de la Ciudad de Méxi |
| - Instituto | Al organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, denominado Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, previsto en el Título Sexto de la presente Ley; Fracción reformada DOF 09-08-2019, 22-01-2020 |
| - Interesado | La persona que acredite ser titular de un derecho subjetivo o de un interés legítimo sobre los Bienes, activos o empresas a que se refiere el artículo 1o. de esta Ley; Fracción reformada DOF 09-08-2019 |
| - Junta de Gobierno | La Junta de Gobierno del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado; Fracción reformada DOF 09-08-2019, 22-01-2020 |
| - Ministerio Público | El Ministerio Público de la Federación o de la entidad federativa de que se trate, conforme a su competencia y que comprende a los órganos que ejercen la función fiscal; Fracción reformada DOF 09-08-2019 |
| - Monetización | El producto de la conversión de un bien o activo, en su valor en dinero; Fracción reformada DOF 09-08-2019 |
| - Reglamento | El Reglamento de esta Ley; Fracción reformada DOF 23-02-2005, 09-08-2019 |
| - Secretaría | La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y Fracción reformada DOF 23-02-2005 |
Explora a detalle
Artículos clave
| Artículo | Por qué importa |
|---|---|
| 1o | La presente Ley es de orden e interés público y social, de observancia general en toda la República y tiene por objeto regular la administración y destino, por parte del Instituto para... |
| 2o | Para los efectos de esta Ley, se entiende por: |
| 3o | Para la Transferencia de los Bienes, activos o empresas al Instituto, las Entidades Transferentes deberán: |
| 4o | El Instituto, diseñará e implementará los sistemas de información que le permitan gestionar estratégicamente los Bienes, activos y empresas, los cuales podrán ser consultados por la... |
| 5o | El Instituto, administrará los Bienes, activos y empresas que para tales efectos le entreguen las Entidades Transferentes, y que tengan un valor mayor al equivalente a seis meses de... |
| 6o | Todos los Bienes, activos y empresas asegurados, incluyendo los billetes y monedas de curso legal, divisas, metales preciosos, los bienes numismáticos o filatélicos y los Bienes con valor... |
| 6-bis | Todos los Bienes provenientes de comercio exterior, incluidos los sujetos a un procedimiento establecido en la legislación aduanera, los recibidos por cualquier título por la Tesorería de... |
| 6-ter | Las Entidades Transferentes contarán con un plazo de 30 días naturales, contados a partir de la fecha de adjudicación o de que legalmente puedan disponer de los Bienes a que se refiere el... |
| 6-quáter | Los Bienes provenientes de comercio exterior que sean puestos a disposición del Instituto, para su Transferencia, deberán ser retirados del lugar en que se ubiquen dentro de los 60 días... |
| 7o | La administración de los Bienes, activos o empresas comprende su recepción, registro, custodia, conservación, supervisión y depósito de numerario. |
| 8o | Los depositarios, liquidadores, interventores o administradores, que reciban Bienes en depósito, intervención, liquidación o administración, están obligados a rendir al Instituto un informe... |
| 9o | Las armas de fuego, municiones y explosivos serán administradas por la Secretaría de la Defensa Nacional. |
Mapa de temas
| Tema | Artículos detectados | Descripción |
|---|---|---|
| Derechos humanos y garantías | 41, 41-bis, 48 | Reconoce derechos y principios de protección frente a autoridades. |
| Educación | 34 | Regula bases y obligaciones en materia educativa. |
| Salud, vivienda y bienestar | 69, 70, 93 | Contiene bases de derechos sociales y condiciones de bienestar. |
| Organización del Estado | 2o, 93 | Define órganos, competencias y división de poderes. |
| Federalismo y municipios | 1o, 2o, 9o, 34, 68 | Distribuye competencias entre Federación, entidades y municipios. |
| Justicia constitucional | 80, 87, 93 | Prevé mecanismos de control constitucional y protección jurisdiccional. |
| Trabajo y seguridad social | 88, 93 | Establece bases constitucionales del trabajo y seguridad social. |
| Propiedad, recursos y economía | 1o, 2o, 3o, 9o, 31 | Regula bases sobre propiedad, recursos nacionales y actividad económica. |
Plazos importantes
- Artículo 6 ter.- Las Entidades Transferentes contarán con un plazo de 30 días naturales, contados a partir de la fecha de adjudicación o de que legalmente puedan disponer de los Bienes a que se refiere el artículo...
- Una vez concluido el plazo a que se refiere al párrafo anterior, el Instituto, contará con un plazo de 540 días naturales, contados a partir de la primera publicación del evento comercial, para enajenar los Bienes o los...
- Artículo 6 quáter.- Los Bienes provenientes de comercio exterior que sean puestos a disposición del Instituto, para su Transferencia, deberán ser retirados del lugar en que se ubiquen dentro de los 60 días naturales...
- El plazo a que se refiere el párrafo anterior, empezará a correr siempre y cuando, la solicitud de entrega y la documentación complementaria que reciba el Instituto, cumplan con todos los requisitos que para tal efecto...
- En caso de que el Instituto no efectúe el retiro de los Bienes dentro del plazo a que se refiere el primer párrafo del presente artículo sin causa justificada, éstos podrán ser donados o destruidos directamente por la...
- Artículo 24.- Cuando proceda la devolución de los Bienes, activos o empresas, la autoridad competente notificará personalmente tal situación al Instituto, a efecto de que queden a disposición de quien determine dicha...
- Artículo 34.- En casos excepcionales, de conformidad con lo que establezcan para tal efecto las disposiciones aplicables y previo cumplimiento de los requisitos que, en su caso, prevean las mismas, tales como los...
- Tratándose de bienes inmuebles, el primer pago deberá cubrirse en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día en que se dé a conocer la adjudicación y representar, por lo menos, el 25% del valor de la...
Preguntas frecuentes
¿De qué trata Ley Federal Para La Administración Y Enajenación De Bienes Del Sector Público?
Ley Federal Para La Administración Y Enajenación De Bienes Del Sector Público regula una materia federal identificada en su texto oficial. Su primer artículo señala: La presente Ley es de orden e interés público y social, de observancia general en toda la República y tiene por objeto regular la administración y destino, por parte del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, de los Bienes, activos y empresas siguientes: El análisis local detectó 100 artículos ordinarios y materias como derechos humanos y garantías, educación, salud, vivienda y bienestar, organización del estado, federalismo y municipios.
¿Qué regula Ley Federal Para La Administración Y Enajenación De Bienes Del Sector Público?
Regula principalmente derechos humanos y garantías, educación, salud, vivienda y bienestar, organización del estado, federalismo y municipios, justicia constitucional.
¿A quién aplica Ley Federal Para La Administración Y Enajenación De Bienes Del Sector Público?
Aplica principalmente a Personas en los Estados Unidos Mexicanos; Autoridades de todos los órdenes de gobierno; Federación, entidades federativas, municipios y Ciudad de México.
¿Qué artículos conviene revisar primero en Ley Federal Para La Administración Y Enajenación De Bienes Del Sector Público?
Conviene empezar por artículo 1o, porque La presente Ley es de orden e interés público y social, de observancia general en toda la República y tiene por objeto regular la administración y destino, por parte del Instituto para... También puede revisarse artículo 2o, porque Para los efectos de esta Ley, se entiende por:
¿En qué casos puedo usar esta ley?
Puedes usarla para ubicar derechos humanos y garantías, educación, salud, vivienda y bienestar, organización del estado, identificar sujetos obligados, revisar artículos clave y conectar el tema con leyes relacionadas.
Fuente documental y comprobación del PDF original
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