tercero..- A los 90 días de vigencia de la presente Ley, quedarán sin efecto todas las licencias de portación de armas expedidas con anterioridad. Pero si dentro de ese plazo, los interesados se ajustan a lo dispuesto por esta Ley, sus licencias serán revalidadas.
Ley [LFAFE]
Artículo tercero de Ley Federal De Armas De Fuego Y Explosivos
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Relaciones verificadas del artículo
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Reglamento vinculado
REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
[Reg_LFAFE]
Vínculo entre normas
Ley Federal Contra La Delincuencia Organizada
[LFCDO]
Vínculo entre normas
Código Penal Federal
[CPF]
Vínculo entre normas
Ley De Inversión Extranjera
[LIE]
Vínculo entre normas
Ley Nacional Sobre El Uso De La Fuerza
[LNUF]
Vínculo entre normas
Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
[CPEUM]
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