Ley [LFCC_200120]
Articulo segundo
Ley De Fomento A La Confianza Ciudadana
segundo.. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente Decreto se realizarán con cargo a la disponibilidad presupuestaria que se apruebe para tal fin a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para el ejercicio fiscal de que se trate.