Lectura de artículo · LFDA

Artículo 232 ter

Ley Federal Del Derecho De Autor

Artículo 232 Ter.- Se impondrá multa de mil hasta diez mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien eluda una medida tecnológica de protección efectiva que controle el acceso a una obra, interpretación o ejecución, o fonograma protegido por esta Ley.

Artículo adicionado DOF

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 232-ter

Ampliar

Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 232-ter Llegan al 232-ter
Publicidad