Artículo 17. Los módulos para el trámite de inscripción deberán ser operados únicamente por el Registro.
Ley [LFFAOSC]
Artículo 17. Los módulos para el trámite de inscripción deberán ser operados únicamente por el Registro.
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Ley Federal De Fomento A Las Actividades Realizadas Por Organizaciones De La Sociedad Civil (LFFAOSC)
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