Ley [LFPC]

Artículo 67 de Ley Federal De Protección Al Consumidor

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 67.- En los contratos de compraventa a plazo o de prestación de servicios con pago diferido, se calcularán los intereses sobre el precio de contado menos el enganche que se hubiera pagado.

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