Ley [LFPCA]

Artículo 55 de Ley Federal De Procedimiento Contencioso Administrativo

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 55.- Las partes podrán formular excitativa de justicia ante el Presidente del Tribunal, si el magistrado responsable no formula el proyecto respectivo dentro del plazo señalado en .

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias