Ley [LFPCA]

Artículo 58-i de Ley Federal De Procedimiento Contencioso Administrativo

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 58-i.- Una vez recibida por vía electrónica cualquier promoción de las partes, el Sistema de Justicia en Línea del Tribunal emitirá el Acuse de Recibo Electrónico correspondiente, señalando la fecha y la hora de recibido.

Artículo adicionado DOF

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