Ley [LFPDPPP]

Artículo 30 de Ley Federal De Protección De Datos Personales En Posesión De Los Particulares

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Artículo 30. En el caso de solicitudes para el ejercicio del derecho de rectificación de datos personales, la persona titular deberá indicar, además de lo señalado en el artículo 29 de esta Ley, las modificaciones a realizarse y aportar la documentación que sustente su petición.

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