Ley [LFPED]

Artículo 42 de Ley Federal Para Prevenir Y Eliminar La Discriminación

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Ley Federal Para Prevenir Y Eliminar La Discriminación (LFPED)

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Artículo 42.- Las relaciones de trabajo del organismo y su personal se regirán por la Ley Federal del Trabajo, reglamentaria del apartado "A" del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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