Ley [LFPED]

Artículo 7 de Ley Federal Para Prevenir Y Eliminar La Discriminación

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Artículo 7.- Para los efectos del artículo anterior, cuando se presenten diferentes interpretaciones, se deberá preferir aquella que proteja con mayor eficacia a las personas o a los grupos que sean afectados por conductas discriminatorias.

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Ley Federal Para Prevenir Y Eliminar La Discriminación (LFPED)

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