Ley [LFPIORPI]
Artículo 61 de Ley Federal Para La Prevención E Identificación De Operaciones Con Recursos De Procedencia Ilícita
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 61. Las sanciones administrativas impuestas conforme a la podrán impugnarse ante la propia Secretaría, mediante el recurso de revisión previsto en la o directamente ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa a través del procedimiento contencioso administrativo.
Artículo reformado DOF