Artículo 101.- La relación jurídica de trabajo se entiende establecida entre la Auditoría Superior de la Federación, a través de su Titular y los trabajadores a su servicio para todos los efectos.
Ley [LFRCF]
Artículo 101.- La relación jurídica de trabajo se entiende establecida entre la Auditoría Superior de la Federación, a través de su Titular y los trabajadores a su servicio para todos los efectos.
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Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas De La Federación (LFRCF)
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