Ley [LFRM]

Artículo 23 de Ley Federal De Revocación De Mandato

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 23. Una vez que se haya alcanzado el requisito porcentual a que se refiere el artículo de , la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores deberá realizar un ejercicio muestra para corroborar la autenticidad de las firmas de acuerdo a los criterios que defina al respecto la propia Dirección Ejecutiva.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias