Ley [LFSA]
Artículo 132 de Ley Federal De Sanidad Animal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 132.- Cuando para verificar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en , su Reglamento y demás disposiciones de sanidad animal aplicables se requiera de análisis de muestras, el dictamen de pruebas lo emitirán los laboratorios oficiales, laboratorios de pruebas aprobados o autorizados.