Ley [LFSV]
Artículo 47-d de Ley Federal De Sanidad Vegetal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 47-d.- Los certificados que emita la Secretaría tendrán las características, vigencia, requisitos y formalidades que establezcan los ordenamientos que deriven de , su reglamento, normas oficiales mexicanas, demás disposiciones legales aplicables y tratados internacionales en la materia;
Artículo adicionado DOF