Ley [LFZEE]
Artículo 11 de Ley Federal De Zonas Económicas Especiales
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Buscar artículo o término en esta ley
Ley Federal De Zonas Económicas Especiales (LFZEE)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.
Artículos cercanos
Artículo 11. La Secretaría elaborará el Programa de Desarrollo, en coordinación con las dependencias y entidades paraestatales competentes, así como con la participación de los gobiernos de las entidades federativas y los municipios involucrados, y lo someterá a aprobación de la Comisión Intersecretarial.
En la elaboración del Programa de Desarrollo se tomará en cuenta la opinión de los sectores social y privado.
El Programa de Desarrollo se revisará cada 5 años y, en su caso, se realizarán los ajustes que correspondan en términos de este artículo.
El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social evaluará periódicamente, con base en indicadores, las acciones del Programa de Desarrollo que estén relacionadas con las materias de su competencia, y formulará las recomendaciones que considere pertinentes, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.