Artículo 4. La interpretación de esta Ley para efectos administrativos corresponde a la Secretaría, sin perjuicio de las atribuciones que competa ejercer a otras autoridades en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
Ley [LFZEE]
Artículo 4. La interpretación de esta Ley para efectos administrativos corresponde a la Secretaría, sin perjuicio de las atribuciones que competa ejercer a otras autoridades en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
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Ley Federal De Zonas Económicas Especiales (LFZEE)
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