Ley [LGA]

Artículo 107 de Ley General De Archivos

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Ley General De Archivos (LGA)

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LIBRO Segundo TÍTULO Primero CAPÍTULO I

Artículo 107. Las relaciones laborales entre el Archivo General y sus trabajadores deben sujetarse a lo dispuesto en el Apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las demás disposiciones jurídicas aplicables.

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