Ley [LGA]

Artículo 96 de Ley General De Archivos

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Ley General De Archivos (LGA)

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LIBRO Primero TÍTULO Quinto CAPÍTULO III

Artículo 96. Los particulares en posesión de documentos de archivo que constituyan patrimonio documental de la Nación podrán restaurarlos, previa autorización y bajo la supervisión del Archivo General.

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