Ley [LGA]

Artículo 96 de Ley General De Archivos

Texto íntegro, referencias y ley completa.

LIBRO Primero TÍTULO Quinto CAPÍTULO III

Artículo 96. Los particulares en posesión de documentos de archivo que constituyan patrimonio documental de la Nación podrán restaurarlos, previa autorización y bajo la supervisión del Archivo General.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias