Ley [LGCG]

Artículo 21 de Ley General De Contabilidad Gubernamental

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Artículo 21.- La contabilidad se basará en un marco conceptual que representa los conceptos fundamentales para la elaboración de normas, la contabilización, valuación y presentación de la información financiera confiable y comparable para satisfacer las necesidades de los usuarios y permitirá ser reconocida e interpretada por especialistas e interesados en la finanzas públicas.

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Ley General De Contabilidad Gubernamental (LGCG)

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