Ley [LGCG]

Artículo 50 de Ley General De Contabilidad Gubernamental

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 50.- El consejo emitirá los lineamientos en materia de integración y consolidación de los estados financieros y demás información presupuestaria y contable que emane de las contabilidades de los entes públicos.

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