Ley [LGDS]
Artículo 53 de Ley General De Desarrollo Social
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 53. Los acuerdos de la Comisión Intersecretarial serán obligatorios para las dependencias del Ejecutivo Federal. Las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública vigilarán su cumplimiento.