Ley [LGDS]

Artículo quinto de Ley General De Desarrollo Social

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley General De Desarrollo Social (LGDS)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

TRANSITORIOS

quinto..- Las comisiones de Desarrollo Social, y de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados deberán revisar la distribución de los fondos relativos al desarrollo social contenidos en el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, en un plazo no mayor a 90 días y, en su caso, recomendar las modificaciones que se consideren pertinentes.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad