Ley [LGEC]
Artículo 26 de Ley General De Economía Circular
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Ley General De Economía Circular (LGEC)
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Artículo 26.- Al Ejecutivo Federal le corresponde la expedición de instrumentos económicos para fomentar la Economía Circular, alineados con el Programa Nacional y al Reglamento de esta Ley. Los instrumentos que contengan estímulos fiscales deben sujetarse a las disposiciones fiscales aplicables.