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Ley General De Economía Circular (LGEC)
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Ley General De Economía Circular
Resumen de la ley
La Ley General De Economía Circular fija la política pública para conservar el medio ambiente mediante modelos de producción y consumo que prolonguen la vida útil de productos, minimicen residuos, recuperen materiales y valoricen residuos. Distribuye atribuciones entre Federación, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales, crea instrumentos como el Sistema Nacional de Economía Circular, el Registro de Economía Circular y la responsabilidad extendida del productor.
Lo esencial
Qué regula
- La economía circular aplicada a productos, materiales y residuos.
- La responsabilidad extendida del productor y la gestión circular.
- El Sistema Nacional de Economía Circular y el Programa Nacional.
- El Registro de Economía Circular, la Plataforma Nacional y acuerdos generales de implementación.
- Distintivos, indicadores, instrumentos económicos, auditoría ambiental voluntaria, control, vigilancia y sanciones.
A quién aplica
- A autoridades ambientales federales, estatales, municipales y de demarcaciones territoriales.
- A personas productoras, importadoras, organismos coordinadores y sectores industriales, comerciales o de servicios.
- A personas consumidoras, entes públicos y agentes económicos con responsabilidad compartida.
- A personas recicladoras de base o pepenadoras y actores de cadenas de valor.
Materias principales
- Modelo de economía circular.
- Responsabilidad extendida del productor.
- Gestión circular y registro público.
- Aprovechamiento, valorización, reciclaje, reparación y reutilización.
- Consumo responsable e inclusión de personas recicladoras.
- Coordinación ambiental y transición desde la economía lineal.
Derechos principales
- Derecho a un medio ambiente sano mediante políticas de circularidad.
- Derecho de consumidores a información, consumo responsable y productos con menor impacto ambiental.
- Derecho de personas recicladoras de base a reconocimiento e inclusión en modelos de reciclaje.
- Derecho a acceso público a información del Registro y a indicadores de economía circular.
- Derecho a participación social en la transición hacia modelos circulares.
Aplicación práctica
Obligaciones principales
- Las personas productoras e importadoras deben elaborar gestión circular e inscribirla cuando sean sujetas a acuerdos de implementación de la responsabilidad extendida.
- Los organismos coordinadores deben cumplir acciones de gestión circular conforme a su representación.
- Las autoridades deben emitir políticas, acuerdos, normas y mecanismos para implementar la economía circular.
- Las personas responsables deben entregar informes y documentos conforme a la gestión circular inscrita.
- Entidades federativas y municipios deben ajustar atribuciones, planes y acciones a los principios de la ley.
Trámites, procedimientos o acciones relacionadas
- Solicitud de inscripción de gestión circular en el Registro de Economía Circular.
- Emisión de acuerdos generales de implementación de responsabilidad extendida del productor.
- Obtención o renovación del Distintivo Nacional de Economía Circular.
- Auditoría ambiental voluntaria.
- Presentación de informes y documentos sobre obligaciones de gestión circular.
- Adecuación de normas oficiales mexicanas y legislación local.
Sanciones o consecuencias
- El incumplimiento de entregar informes o documentos puede generar sanciones administrativas previstas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
- Las infracciones a la ley y a su reglamento son sancionadas por la Secretaría conforme a la legislación ambiental aplicable.
- Las sanciones administrativas no excluyen responsabilidad por daños al ambiente ni penas cuando los hechos constituyan delitos.
- La falta de armonización local puede provocar aplicación directa de disposiciones de la ley en el ámbito local.
Definiciones importantes
| Concepto | Explicación sencilla |
|---|---|
| Economía Circular | Modelo de producción y consumo sostenible que reduce impacto ambiental y mantiene materiales y productos en uso. |
| Aprovechamiento Circular | Acciones para conservar o recuperar valor económico de materiales, productos o residuos. |
| Ciclo de Vida | Etapas del material, producto o residuo desde extracción y producción hasta aprovechamiento o disposición final. |
| Diseño Circular | Diseño que incorpora criterios de circularidad y menor huella ambiental. |
| Gestión Circular | Estrategias durante el ciclo de vida para reducir huella ambiental y maximizar aprovechamiento. |
| Responsabilidad Extendida del Productor | Responsabilidad ambiental de productores o importadores respecto de su producto durante el ciclo de vida. |
| Registro de Economía Circular | Registro público donde se inscribe la gestión circular. |
Explora a detalle
Artículos clave
| Artículo | Importancia |
|---|---|
| 1 | Define objeto constitucional, conservación ambiental, vida útil de productos y concurrencia de autoridades. |
| 2 | Enumera objetivos de política pública, REP, circularidad, educación e infraestructura. |
| 3 | Contiene definiciones esenciales de economía circular. |
| 5 | Crea el Sistema Nacional de Economía Circular. |
| 10 | Prevé acuerdos generales de implementación de la REP. |
| 14 | Regula el plazo de 60 días hábiles para inscripción de gestión circular. |
| 24 | Establece vigencia de tres años del Distintivo Nacional de Economía Circular. |
| 31 | Promueve participación y cultura de consumo responsable. |
| 44 | Exige informes y documentos sobre gestión circular inscrita. |
| 45 | Remite las infracciones y sanciones a la legislación ambiental. |
Mapa de temas
| Tema | Artículos orientativos | Qué revisar |
|---|---|---|
| Objeto y definiciones | 1 a 3 | Bases constitucionales, objetivos y conceptos centrales. |
| Autoridades y sistema | 4 a 9 | Atribuciones de Federación, entidades federativas y municipios. |
| REP y gestión circular | 10 a 17 | Acuerdos de implementación, inscripción y revisión de gestión circular. |
| Programa e instrumentos | 18 a 30 | Programa Nacional, indicadores, distintivo y mecanismos económicos. |
| Participación y consumo | 31 a 36 | Cultura circular, consumidores y reciclaje inclusivo. |
| Responsabilidades y sanciones | 37 a 45 | Obligaciones empresariales, informes, vigilancia y sanciones. |
Plazos importantes
- La gestión circular no autorizada ni denegada por la Secretaría en 60 días hábiles desde su carga en la Plataforma Nacional adquiere carácter de inscrita.
- El Distintivo Nacional de Economía Circular tiene vigencia de tres años y puede renovarse.
- El Ejecutivo Federal debe expedir reglamento dentro de 180 días naturales posteriores a la entrada en vigor del decreto.
- El Programa Nacional de Economía Circular debe publicarse dentro de 180 días naturales contados desde la publicación del reglamento.
- Las legislaturas locales deben armonizar su legislación dentro de 180 días naturales desde la entrada en vigor.
- Los rellenos sanitarios autorizados tienen un proceso progresivo de reconversión dentro de cinco años, con posible prórroga casuística.
Preguntas frecuentes
¿De qué trata la Ley General De Economía Circular?
Trata de cambiar modelos de producción, consumo y manejo de residuos para reducir impactos ambientales, mantener materiales en uso y aprovechar residuos dentro de cadenas de valor.
¿Qué es la responsabilidad extendida del productor?
Es la responsabilidad ambiental de productores o importadores respecto de sus productos durante el ciclo de vida, conforme a la gestión circular que deban inscribir ante la autoridad.
¿Qué es la gestión circular?
Es el conjunto de estrategias aplicadas al ciclo de vida de materiales, productos o residuos para reducir huella ambiental y maximizar aprovechamiento circular.
¿Qué plazo tiene la autoridad para resolver una gestión circular?
Si la Secretaría no autoriza ni niega la gestión circular dentro de 60 días hábiles desde su carga en la Plataforma Nacional, se considera inscrita.
¿Qué relación tiene esta ley con residuos?
Complementa la legislación de prevención y gestión integral de residuos, al promover reducción, reúso, reparación, reciclaje, valorización y responsabilidad compartida.
Índice de artículos
Ley General De Economía Circular
57 artículos disponibles en LGEC.
- Artículo primero
- Artículo 1
- Artículo 2
- Artículo 3
- Artículo 4
- Artículo 5
- Artículo 6
- Artículo 7
- Artículo 8
- Artículo 9
- Artículo 10
- Artículo 11
- Artículo 12
- Artículo 13
- Artículo 14
- Artículo 15
- Artículo 16
- Artículo 17
- Artículo 18
- Artículo 19
- Artículo 20
- Artículo 21
- Artículo 22
- Artículo 23
- Artículo 24
- Artículo 25
- Artículo 26
- Artículo 27
- Artículo 28
- Artículo 29
- Artículo 30
- Artículo 31
- Artículo 32
- Artículo 33
- Artículo 34
- Artículo 35
- Artículo 36
- Artículo 37
- Artículo 38
- Artículo 39
- Artículo 40
- Artículo 41
- Artículo 42
- Artículo 43
- Artículo 44
- Artículo 45
- Artículo 46
- Artículo 47
- Artículo 48
- Artículo 49
- Artículo segundo y artículo tercero
- Artículo segundo
- Artículo tercero
- Artículo cuarto
- Artículo quinto
- Artículo sexto
- Artículo séptimo