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Ley General De Economía Circular (LGEC)

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Ley General De Economía Circular

Nueva ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de enero de 2026. El decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación. Sus transitorios ordenan reglamento, programa nacional, armonización local y reconversión progresiva de rellenos sanitarios.

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Resumen de la ley

La Ley General De Economía Circular fija la política pública para conservar el medio ambiente mediante modelos de producción y consumo que prolonguen la vida útil de productos, minimicen residuos, recuperen materiales y valoricen residuos. Distribuye atribuciones entre Federación, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales, crea instrumentos como el Sistema Nacional de Economía Circular, el Registro de Economía Circular y la responsabilidad extendida del productor.

Modelo de economía circular. Responsabilidad extendida del productor. Gestión circular y registro público. Aprovechamiento, valorización, reciclaje, reparación y reutilización. Consumo responsable e inclusión de personas recicladoras. Coordinación ambiental y transición desde la economía lineal. Derecho a un medio ambiente sano mediante políticas de circularidad. Derecho de consumidores a información, consumo responsable y productos con menor impacto ambiental.

Lo esencial

Qué regula

  • La economía circular aplicada a productos, materiales y residuos.
  • La responsabilidad extendida del productor y la gestión circular.
  • El Sistema Nacional de Economía Circular y el Programa Nacional.
  • El Registro de Economía Circular, la Plataforma Nacional y acuerdos generales de implementación.
  • Distintivos, indicadores, instrumentos económicos, auditoría ambiental voluntaria, control, vigilancia y sanciones.

A quién aplica

  • A autoridades ambientales federales, estatales, municipales y de demarcaciones territoriales.
  • A personas productoras, importadoras, organismos coordinadores y sectores industriales, comerciales o de servicios.
  • A personas consumidoras, entes públicos y agentes económicos con responsabilidad compartida.
  • A personas recicladoras de base o pepenadoras y actores de cadenas de valor.

Materias principales

  • Modelo de economía circular.
  • Responsabilidad extendida del productor.
  • Gestión circular y registro público.
  • Aprovechamiento, valorización, reciclaje, reparación y reutilización.
  • Consumo responsable e inclusión de personas recicladoras.
  • Coordinación ambiental y transición desde la economía lineal.

Derechos principales

  • Derecho a un medio ambiente sano mediante políticas de circularidad.
  • Derecho de consumidores a información, consumo responsable y productos con menor impacto ambiental.
  • Derecho de personas recicladoras de base a reconocimiento e inclusión en modelos de reciclaje.
  • Derecho a acceso público a información del Registro y a indicadores de economía circular.
  • Derecho a participación social en la transición hacia modelos circulares.

Aplicación práctica

Autoridades relacionadas

  • Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
  • Sistema Nacional de Economía Circular.
  • Autoridades ambientales de las entidades federativas.
  • Municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.
  • Autoridades competentes para inspección, vigilancia, normas oficiales, instrumentos económicos y sanciones.

Obligaciones principales

  • Las personas productoras e importadoras deben elaborar gestión circular e inscribirla cuando sean sujetas a acuerdos de implementación de la responsabilidad extendida.
  • Los organismos coordinadores deben cumplir acciones de gestión circular conforme a su representación.
  • Las autoridades deben emitir políticas, acuerdos, normas y mecanismos para implementar la economía circular.
  • Las personas responsables deben entregar informes y documentos conforme a la gestión circular inscrita.
  • Entidades federativas y municipios deben ajustar atribuciones, planes y acciones a los principios de la ley.

Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

  • Solicitud de inscripción de gestión circular en el Registro de Economía Circular.
  • Emisión de acuerdos generales de implementación de responsabilidad extendida del productor.
  • Obtención o renovación del Distintivo Nacional de Economía Circular.
  • Auditoría ambiental voluntaria.
  • Presentación de informes y documentos sobre obligaciones de gestión circular.
  • Adecuación de normas oficiales mexicanas y legislación local.

Sanciones o consecuencias

  • El incumplimiento de entregar informes o documentos puede generar sanciones administrativas previstas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
  • Las infracciones a la ley y a su reglamento son sancionadas por la Secretaría conforme a la legislación ambiental aplicable.
  • Las sanciones administrativas no excluyen responsabilidad por daños al ambiente ni penas cuando los hechos constituyan delitos.
  • La falta de armonización local puede provocar aplicación directa de disposiciones de la ley en el ámbito local.

Definiciones importantes

ConceptoExplicación sencilla
Economía CircularModelo de producción y consumo sostenible que reduce impacto ambiental y mantiene materiales y productos en uso.
Aprovechamiento CircularAcciones para conservar o recuperar valor económico de materiales, productos o residuos.
Ciclo de VidaEtapas del material, producto o residuo desde extracción y producción hasta aprovechamiento o disposición final.
Diseño CircularDiseño que incorpora criterios de circularidad y menor huella ambiental.
Gestión CircularEstrategias durante el ciclo de vida para reducir huella ambiental y maximizar aprovechamiento.
Responsabilidad Extendida del ProductorResponsabilidad ambiental de productores o importadores respecto de su producto durante el ciclo de vida.
Registro de Economía CircularRegistro público donde se inscribe la gestión circular.
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Artículos clave
ArtículoImportancia
1Define objeto constitucional, conservación ambiental, vida útil de productos y concurrencia de autoridades.
2Enumera objetivos de política pública, REP, circularidad, educación e infraestructura.
3Contiene definiciones esenciales de economía circular.
5Crea el Sistema Nacional de Economía Circular.
10Prevé acuerdos generales de implementación de la REP.
14Regula el plazo de 60 días hábiles para inscripción de gestión circular.
24Establece vigencia de tres años del Distintivo Nacional de Economía Circular.
31Promueve participación y cultura de consumo responsable.
44Exige informes y documentos sobre gestión circular inscrita.
45Remite las infracciones y sanciones a la legislación ambiental.
Mapa de temas
TemaArtículos orientativosQué revisar
Objeto y definiciones1 a 3Bases constitucionales, objetivos y conceptos centrales.
Autoridades y sistema4 a 9Atribuciones de Federación, entidades federativas y municipios.
REP y gestión circular10 a 17Acuerdos de implementación, inscripción y revisión de gestión circular.
Programa e instrumentos18 a 30Programa Nacional, indicadores, distintivo y mecanismos económicos.
Participación y consumo31 a 36Cultura circular, consumidores y reciclaje inclusivo.
Responsabilidades y sanciones37 a 45Obligaciones empresariales, informes, vigilancia y sanciones.
Plazos importantes
  • La gestión circular no autorizada ni denegada por la Secretaría en 60 días hábiles desde su carga en la Plataforma Nacional adquiere carácter de inscrita.
  • El Distintivo Nacional de Economía Circular tiene vigencia de tres años y puede renovarse.
  • El Ejecutivo Federal debe expedir reglamento dentro de 180 días naturales posteriores a la entrada en vigor del decreto.
  • El Programa Nacional de Economía Circular debe publicarse dentro de 180 días naturales contados desde la publicación del reglamento.
  • Las legislaturas locales deben armonizar su legislación dentro de 180 días naturales desde la entrada en vigor.
  • Los rellenos sanitarios autorizados tienen un proceso progresivo de reconversión dentro de cinco años, con posible prórroga casuística.

Preguntas frecuentes

¿De qué trata la Ley General De Economía Circular?

Trata de cambiar modelos de producción, consumo y manejo de residuos para reducir impactos ambientales, mantener materiales en uso y aprovechar residuos dentro de cadenas de valor.

¿Qué es la responsabilidad extendida del productor?

Es la responsabilidad ambiental de productores o importadores respecto de sus productos durante el ciclo de vida, conforme a la gestión circular que deban inscribir ante la autoridad.

¿Qué es la gestión circular?

Es el conjunto de estrategias aplicadas al ciclo de vida de materiales, productos o residuos para reducir huella ambiental y maximizar aprovechamiento circular.

¿Qué plazo tiene la autoridad para resolver una gestión circular?

Si la Secretaría no autoriza ni niega la gestión circular dentro de 60 días hábiles desde su carga en la Plataforma Nacional, se considera inscrita.

¿Qué relación tiene esta ley con residuos?

Complementa la legislación de prevención y gestión integral de residuos, al promover reducción, reúso, reparación, reciclaje, valorización y responsabilidad compartida.

Aviso legal: Este contenido es informativo y creado por IA; no sustituye asesoría legal profesional.

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LEY GENERAL DE ECONOMÍA CIRCULAR
TEXTO VIGENTE
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de enero de 2026
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: