Ley [LGEC]

Artículo cuarto de Ley General De Economía Circular

Texto íntegro, referencias y ley completa.

TRANSITORIOS

cuarto.. Dentro del plazo de ciento ochenta días naturales contados a partir de la entrada en vigor de la , las legislaturas de las entidades federativas adecuarán y armonizarán su legislación con las disposiciones de la que se expide con el presente Decreto.

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