Ley [LGIPE]

Artículo 363 de Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales (LGIPE)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

    1Para los efectos de la integración del Congreso de la Unión en los términos de los artículos 52 y 56 de la Constitución, los Candidatos Independientes para el cargo de diputado deberán registrar la fórmula correspondiente de propietario y suplente. En el caso de la integración de la Cámara de Senadores deberán registrar una lista para la entidad federativa que corresponda, con dos fórmulas de Candidatos Independientes, propietarios y suplentes en orden de prelación.
Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad