Ley [LGIPE]

Artículo 435 de Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales

Texto íntegro, referencias y ley completa.

    1Los documentos electorales serán elaborados por el Instituto, aplicando en lo conducente lo dispuesto en para la elaboración de la documentación y el material electoral.
Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias