Ley [LGPDPPSO]
Artículo 112 de Ley General De Protección De Datos Personales En Posesión De Sujetos Obligados
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 112. Si la confirma el sentido de la resolución recurrida, el sujeto obligado deberá dar cumplimiento en los términos de lo previsto en la .
En caso de que se revoque la resolución, la Secretaría deberá actuar en los términos que ordene la Suprema Corte de Justicia de la Nación.