Ley [LGPISDME]
Artículo 1 de Ley General Para Prevenir, Investigar Y Sancionar Los Delitos En Materia De Extorsión, Reglamentaria De La Fracción Xxi Del Artículo 73 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
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Ley General Para Prevenir, Investigar Y Sancionar Los Delitos En Materia De Extorsión, Reglamentaria De La Fracción Xxi Del Artículo 73 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos (LGPISDME)
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Artículo 1. La presente Ley es de orden público, interés social y de observancia general en todo el territorio nacional, en términos de lo dispuesto por el artículo 73, fracción XXI, inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de extorsión.