Ley [LGPISDME]
Artículo 6 de Ley General Para Prevenir, Investigar Y Sancionar Los Delitos En Materia De Extorsión, Reglamentaria De La Fracción Xxi Del Artículo 73 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 6. El delito de extorsión y los delitos vinculados previstos en se investigarán y perseguirán de oficio.