Ley [LGPISDME]
Artículo 9 de Ley General Para Prevenir, Investigar Y Sancionar Los Delitos En Materia De Extorsión, Reglamentaria De La Fracción Xxi Del Artículo 73 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 9. En los casos no previstos en el artículo anterior, será competencia de las autoridades locales la investigación, persecución y sanción del delito de extorsión.