Artículo 58.- Para ser integrante y permanecer en las Fiscalías Especializadas encargadas de la investigación y persecución del delito de tortura será necesario cumplir con los siguientes requisitos:
Párrafo reformado DOF
- Tener acreditados los requisitos de ingreso y permanencia de la institución respectiva, de conformidad con la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública;
- Tener el perfil que establezca la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia y la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública, respectivamente; y
- Aprobar los cursos de capacitación y de actualización que establezca la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia y la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública, según corresponda.
Párrafo reformado DOF