Ley [LGPIST]
Artículo 8 de Ley General Para Prevenir, Investigar Y Sancionar La Tortura Y Otros Tratos O Penas Crueles, Inhumanos O Degradantes
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 8.- El ejercicio de la acción penal y la sanción que se imponga judicialmente para el delito de tortura son imprescriptibles.