- Son prerrogativas de los partidos políticos:
- Tener acceso a radio y televisión en los términos de la Constitución y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales;
- Participar, en los términos de esta Ley, del financiamiento público correspondiente para sus actividades;
- Gozar del régimen fiscal que se establece en esta Ley y en las leyes de la materia, y
- [Usar las franquicias postales y telegráficas que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones.]
Inciso reformado DOF
Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el y publicada DOF
Ley [LGPP]
Artículo 26 de Ley General De Partidos Políticos
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Norma citada
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
[LGIPE]
Vínculo entre normas
Ley Federal De Presupuesto Y Responsabilidad Hacendaria
[LFPRH]
Vínculo entre normas
Ley General De Los Medios De Impugnación En Materia Electoral
[LGMIME]
Vínculo entre normas
Código Fiscal De La Federación
[CFF]
Vínculo entre normas
Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
[CPEUM]
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Ley General De Partidos Políticos (LGPP)
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