Ley [LGS]
Artículo 131 de Ley General De Salud
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 131 .- La llevará a cabo programas tendientes a prevenir accidentes y enfermedades de trabajo. Tratándose del trabajo sujeto al régimen del Apartado "A" del Artículo lo hará en forma coordinada con la .
Artículo reformado DOF ,