Artículo 254 Bis .- Cuando las autoridades competentes decomisen substancias psicotrópicas o productos que las contengan, mismas que se enlistan a continuación, deberán dar aviso a la para que expresen su interés en alguna o algunas de estas substancias:
NALBUFINA
PENTOBARBITAL
En caso de considerar que alguna o algunas de las substancias citadas no reúnen los requisitos sanitarios para ser utilizadas la solicitará a las autoridades procedan a su incineración.
La tendrá la facultad de adicionar a esta lista otras substancias, lo que se deberá publicar en el .
Artículo adicionado DOF