Ley [LGS]

Artículo 318 de Ley General De Salud

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 318 .- Para el control sanitario de los productos y de la disposición del embrión y de las células germinales, se estará a lo dispuesto en , en lo que resulte aplicable, y en las demás disposiciones generales que al efecto se expidan.

Artículo reformado DOF , ,

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