Artículo 318 .- Para el control sanitario de los productos y de la disposición del embrión y de las células germinales, se estará a lo dispuesto en esta Ley, en lo que resulte aplicable, y en las demás disposiciones generales que al efecto se expidan.

Artículo reformado DOF , ,

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 318

Ampliar

Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 318 Llegan al 318
Publicidad